El SAT publicó en su portal el día de hoy una lista con las nuevas facilidades que tenemos para la implementación de CFDI 3.3.

Ampliación de la vigencia de CFDI 3.2

El SAT indica que podremos utilizar la versión 3.2 como máximo hasta el día 31 de diciembre de 2017. A partir del 1° de enero de 2018 la única versión permitida será la 3.3.

Complementos para pago

En CFDI 3.3 se establece que cada vez que recibamos un pago sobre una factura no saldada, debemos emitir un comprobante denominado “Recibo de Pago”. Es decir, si facturamos y nos pagan en ese momento no hay que emitir nada adicional, pero si nos lo pagan después, entonces tenemos que emitir este recibo.

En estas facilidades se indica que tendremos la obligación de emitir los recibos a partir de el 1° de abril de 2018.

Nuevo esquema de cancelación

Uno de los cambios más importantes es el nuevo procedimiento para la cancelación de comprobantes, del cual no tenemos aún mucha información al respecto. Este se programa hasta julio de 2018.

Infracciones por claves incorrectas

El SAT indica que a partir del 1° de julio de 2018 podrá generar una infracción el uso de claves incorrectas en nuestros productos y servicios, por tanto tenemos más de seis meses para trabajar con nuestro catálogo y asegurarnos de que empleamos las claves que corresponden.

Esperamos que esta información sea de utilidad.

Más información en el portal del SAT.